Hacienda disparará el control a los pagos por bizum y con tarjeta desde 2026

A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria tendrá acceso total a todas las transferencias enviadas o recibidas mediante Bizum por empresas y profesionales, sin importar su importe.

Este cambio está recogido en el Real Decreto 253/2025, publicado en el BOE el 2 de abril.

Hasta ahora, los bancos solo debían informar de operaciones superiores a 10.000 €, lo que había convertido a Bizum en una vía habitual para pagos en comercios y profesionales sin declaración. Con la nueva normativa, esta limitación desaparece.

Objetivo de la medida

Refuerzo del control contra el fraude, especialmente tras el fuerte incremento del uso de Bizum en comercio electrónico (58 millones de operaciones en 2024, por importe de 3.107 millones €).

Impacto en autónomos

  • Muchas entidades podrían informar todas las operaciones (incluidas las personales) cuando los autónomos utilizan una única cuenta para su actividad y su vida privada.
  • Esto podría generar información confusa y dar lugar a discrepancias con Hacienda.

Más obligaciones para bancos

Desde 2026 también deberán informar:

  • Mensualmente (en lugar de anualmente) sobre operaciones con Bizum.
  • Sobre cualquier operación con tarjeta: cargos, abonos, retiradas e ingresos en cajeros.
  • No solo entidades bancarias: también estarán obligadas las entidades de pago, dinero electrónico y entidades extranjeras que operen en España.
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