El Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, publicado en el BOE el 24 de diciembre de 2025, prorroga determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social.
Entre otras materias, se aprueban medidas urgentes en materia de Seguridad Social y aspectos laborales vinculados a la protección económica de personas trabajadoras y del sistema de Seguridad Social.
Revalorización y límite de las pensiones
El RDL establece una revalorización general del 2,7% de las pensiones para 2026 con el objetivo de garantizar el poder adquisitivo de los pensionistas ante la inflación prevista. Esta actualización se aplica a las pensiones contributivas del Sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas, garantizando que las cuantías no pierdan valor real con respecto al año anterior.
Desde el 1 de enero de 2026 y hasta que se apruebe la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2026, el límite máximo para la percepción de las pensiones públicas del sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado causadas en 2026 será de 3.359,60 euros mensuales o 47.034,40 euros anuales.
Actualización del tope máximo y mínimo de las bases de cotización
Para el ejercicio 2026 y hasta la aprobación de la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado, las bases mínimas de cotización se incrementarán de forma automática en el mismo porcentaje que lo haga el salario mínimo interprofesional incrementado en un sexto y las bases máximas de cada categoría profesional y el tope máximo de las bases de cotización se fija en 5.101,20 euros mensuales.
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) y cuota adicional de solidaridad
El decreto actualiza los tipos de cotización asociados al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que grava rentas más altas para reforzar la sostenibilidad del sistema de pensiones, situándolos en un 0,90%. Cuando ese tipo de cotización deba ser objeto de distribución entre empresa y persona trabajadora, el 0,75% será a cargo de la empresa y el 0,15% a cargo de la persona trabajadora.
Desde el 1 de enero de 2026, la cotización adicional de solidaridad se determinará aplicando los siguientes tipos de cotización sobre las retribuciones:
- El 1,15% a la parte de la retribución comprendida entre 5.101,21 euros y 5.611,32 euros, siendo el 0,96% a cargo de la empresa y el 0,19% a cargo de la persona trabajadora.
- El 1,25% a la parte de la retribución comprendida entre 5.611,33 euros y 7.651,80 euros, siendo el 1,04% a cargo de la empresa y el 0,21% a cargo de la persona trabajadora.
- El 1,46% a la parte de la retribución que supere los 7.651,80 euros, siendo el 1,22% a cargo de la empresa y el 0,24% a cargo de la persona trabajadora.
Prórroga del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
Se prorroga la cuantía del SMI de 2025 hasta que se acuerde y fije para 2026, evitando vacíos normativos y asegurando que el SMI siga vigente en el inicio del próximo año.