Inconstitucional el Real Decreto Ley que limitó la compensación de pérdidas en el impuesto de sociedades
La Sentencia del Tribunal Constitucional declara que no pueden considerarse situaciones susceptibles de ser revisadas con fundamento en ella aquellas obligaciones tributarias devengadas por el Impuesto que, a la fecha de dictarse la misma, hayan sido decididas definitivamente mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada o mediante resolución administrativa firme.