El Real Decreto 241/2026, de 25 de marzo, deroga el Real Decreto 39/2026, de 21 de enero, sobre limitación de la cuantía inicial de las pensiones públicas y revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas del Estado y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2026, puesto que este último hacía referencia al Real Decreto-ley 16/2025, de 3 de febrero que no fue convalidado en el Congreso y que está derogado.
Destacamos, a continuación, las principales medidas adoptadas:
Revalorización de las pensiones públicas
Se revalorizan las pensiones (2,7%) y otras prestaciones públicas en el año 2026.
Límite de la cuantía inicial de las pensiones contributivas y del Régimen de Clases Pasivas del Estado: Se establece en 3.359,60 euros/mes o 47.034,40 euros/año.
Límite de ingresos para el reconocimiento de las cuantías mínimas de pensión:
- Sin cónyuge a cargo 9.442 euros/año.
- Con cónyuge a cargo 11.013 euros/año.
Cuantía de las pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI):
- No concurrentes 8.394,40 euros/año.
- Concurrentes con otras pensiones públicas 8.149,40 euros/año.
Cuantía del complemento para la reducción de la brecha de género: 36,90 euros/mes.
Pensiones no contributivas y otras prestaciones de la SS:
- Cuantía jubilación e incapacidad no contributiva: 8.803,20 euros/año.
- Complemento a favor de pensionistas que acrediten carecer de vivienda en propiedad y tener, como residencia habitual, una vivienda alquilada se mantiene en 525 euros/año.
- Las prestaciones de orfandad causadas por violencia contra la mujer, experimentan en 2025 un incremento igual al que se apruebe para el SMI para dicho año.
Prestaciones familiares
| PRESTACIÓN | CUANTÍA |
| Hijo menor a cargo o menor acogido, con una discapacidad ≥ al 33% | 1.000,00 euros/año |
| Hijo mayor de 18 años a cargo con una discapacidad ≥ 65% | 5.962,80 euros/año |
| Hijo mayor de 18 años a cargo con una discapacidad ≥ 75% y que requiera la ayuda de otra persona | 8.942,40 euros/año |
| Nacimiento o adopción en supuestos de familias numerosas, monoparentales y de padre con discapacidad. | 1.000,00 euros/año |
Cuantías mínimas de las pensiones de la modalidad contributiva para el año 2026
| CLASE DE PENSIÓN | TITULARES | ||
| Con cónyuge a cargo – Euros/año | Sin cónyuge: unidad económica unipersonal – Euros/año | Con cónyuge no a cargo – Euros/año | |
| Jubilación | |||
| Titular con 65 años | 17.592,40 | 13.106,80 | 12.441,80 |
| Titular menor de 65 años | 17.592,40 | 12.262,60 | 11.590,60 |
| Titular con 65 años procedente de gran invalidez | 26.385,80 | 19.660,20 | 18.662,00 |
| Incapacidad permanente | Con cónyuge a cargo – Euros/año | Sin cónyuge: unidad económica unipersonal – Euros/año | Con cónyuge no a cargo – Euros/año |
| Gran Incapacidad | 26.385,80 | 19.660,20 | 18.662,00 |
| Absoluta | 17.592,40 | 13.106,80 | 12.441,80 |
| Total: Titular con 65 años | 17.592,40 | 13.106,80 | 12.441,80 |
| Total: Titular con edad entre 60 y 64 años | 17.592,40 | 12.262,60 | 11.590,60 |
| Total: Derivada de enfermedad común menor de 60 años | 9.662,80 | 9.662,80 | 9.580,20 |
| Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular con 65 años | 17.592,40 | 13.106,80 | 12.441,80 |
| Viudedad | Con cónyuge a cargo – Euros/año | Sin cónyuge: unidad económica unipersonal – Euros/año | Con cónyuge no a cargo – Euros/año |
| Titular con cargas familiares | – | 17.592,40 | |
| Titular con 65 años o con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100 | – | 13.106,80 | |
| Titular con edad entre 60 y 64 años | – | 12.262,60 | |
| Titular con menos de 60 años | – | 9.931,60 |
| CLASE DE PENSIÓN | EUROS/AÑO |
| Orfandad | |
| Por beneficiario | 4.011,00 |
| Por beneficiario menor de 18 años con una discapacidad en grado igual o superior al 65 % | 7.882,00 |
| En la orfandad absoluta el mínimo se incrementará en 9.931,60 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios. | |
| Prestación de orfandad | |
| Un beneficiario | 11.603,20 |
| Varios beneficiarios: a repartir entre número de beneficiarios | 19.559,68 |
| En favor de familiares | |
| Por beneficiario | 4.011,00 |
| Si no existe viudo ni huérfano pensionistas: | |
| Un solo beneficiario con 65 años | 9.683,80 |
| Un solo beneficiario menor de 65 años | 9.126,60 |
| Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 5.920,60 euros/año entre el número de beneficiarios. |