Tributación en el IRPF por el alquiler de pisos turísticos
La Dirección General de Tributos (DGT) señala que el arrendamiento de estos inmuebles tributará de forma distinta en el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) en función de los servicios que preste el alojamiento y de los medios que el arrendador destine al alquiler de estos.