- Los ingresos y gastos que forman parte del beneficio operativo y que sean objeto de un ajuste extracontable permanente deberán ser excluidos del cálculo del beneficio operativo, pero no los ingresos y gastos que sean objeto de un ajuste temporal (por ejemplo, por las reglas de deterioros e de imputación temporal de ingresos por aplicación del criterio de operación a plazos).
- Los ingresos y gatos que no formen parte del beneficio operativo no afectan al cálculo de la limitación a la deducibilidad de los gastos financieros, con independencia de que sean objeto de ajuste permanente o temporal (por ejemplo, amortizaciones).
- En el caso de que se reciban dividendos que se computen en el beneficio operativo y a los que se aplique la exención del artículo 21 de la ley, el importe de la renta exenta (el 95% del dividendo) se deberá excluir del cálculo del beneficio operativo.